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18.0 Obligaciones Estatales: Gobiernos Locales y Propietarios de Tierras
This is my site Written by MMDA Admin on 29 mayo, 2013 – 4:53 pm

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(a) El Estado debe cooperar con la Empresa en verificar que las Poblaciones Indígenas y Tribales que tengan reclamos relativos a la superficie del Área Minera sean en efecto los propietarios u ocupantes legítimos de las mismas. La ocupación o uso anterior permanente u ocasional del Área Minera por Poblaciones Indígenas o Tribales generará una presunción de ocupación legítima.

(b) El Estado debe cooperar con la Empresa en mantener al Gobierno Local, a los propietarios de tierras tradicionales o de otro tipo u otros ocupantes y a las Poblaciones Indígenas y Tribales regularmente informadas sobre las actividades bajo este Contrato y Consultar con ellos en forma regular sobre actividades actuales o planificadas bajo este Contrato.

(c) El Estado debe, de acuerdo con la Ley Aplicable, respetar y hacer cumplir contratos suscritos entre la Empresa, el Gobierno Local, propietarios de tierras tradicionales o de otro tipo u otros ocupantes y Poblaciones Indígenas y Tribales.

(d) El Estado debe cooperar con la Empresa y con el Gobierno Local para resolver los conflictos entre la Empresa y el Gobierno Local.

(e) Los beneficios financieros que reciba el Gobierno Local de pagos hechos por la Empresa al Estado de acuerdo a la Ley Aplicable o este Contrato deben ser provistos al Gobierno Local sin costo adicional para la Empresa. El Estado entregará un informe anual a la Empresa y al Gobierno Local relativo a dichos fondos entregados por el Estado al Gobierno Local. El Estado debe cumplir con todo contrato con la Empresa o con el Gobierno Local relativo al reparto de ingresos, y el incumplimiento de esta obligación significará una violación a las obligaciones de este Contrato por parte del Estado.

EJEMPLO 1

Las municipalidades en las que se encuentra ubicada la Mina deberán recibir el cinco por ciento (5%) de las ganancias netas generadas de acuerdo a lo establecido en la Ley Ambiental. El ESTADO, como arrendador de la Reserva Fiscal, debe asumir el pago de dicha contribución a las municipalidades en las que la Mina está localizada. El ESTADO puede requerir a la Empresa que efectúe dichos pagos en su nombre y deducirlos de los pagos que ésta deba efectuar al ESTADO de acuerdo a este Contrato.

EJEMPLO 2

El ESTADO y el BANCO CENTRAL deben distribuir al menos el cinco por ciento (5%) de los pagos totales que reciban de acuerdo al Artículo 8 [royalty e impuestos] [. . .] a las diversas comunidades en las vecindades de la Mina.

EJEMPLO 3

Reparto de Royalty por parte de los Propietarios de Tierras

(a) El Gobierno y el Gobierno Provincial reconocen y confirman que los Propietarios de Tierras con derecho a tierras nativas tribales dentro del Área de Prospección son los siguientes:

[Especificar áreas de terrenos y tribus o clanes]

(b) En reconocimiento de los derechos de los Propietarios de Tierras a ser compensados por los disturbios a su tierra y estilo de vida tradicionales causados por las operaciones de exploración en el Área de Prospección y en el futuro por operaciones mineras en el Área Minera, el Gobierno se compromete a compartir los royalties que reciba de acuerdo a este Contrato y la Ley Minera de la siguiente forma:

Gobierno: [x]%

Gobierno Provincial: [x]%

Fideicomiso de los Propietarios de Tierras: [x]%

(c) La Empresa Minera es autorizada e instruida por el Gobierno para que pague royalty a las entidades antes mencionadas en las proporciones indicadas en lugar de pagar royalty al Gobierno de acuerdo a la cláusula 5.1.

(d) La recepción por parte del Premier del Gobierno Provincial y por los fideicomisarios de la Cuenta de Royalty será total y suficiente satisfacción respecto de la Empresa Minera de sus obligaciones de pagar royalty bajo la cláusula 5.1 de este contrato y de la Ley Minera.

Revise las Limitaciones de Responsabilidad y
la Guía del Usuario del MMDA 1.0
en forma previa al uso de este documento.

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