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10.4 Prevención de la Corrupción
This is my site Written by MMDA Admin on 29 mayo, 2013 – 4:35 pm

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10.4.1 Obligaciones de la Empresa

La Empresa, sus ejecutivos, directores y empleados reconocen y aceptan que están sujetos a las disposiciones contra la corrupción y el soborno de la Ley Aplicable en las jurisdicciones en que la Empresa se encuentre legalmente establecida o realizando negocios (en conjunto, las “Leyes Contra la Corrupción”), y que deben conducir sus actividades en el Estado de acuerdo con sus obligaciones de acuerdo a las Leyes Contra la Corrupción.

10.4.2 Obligaciones del Estado

El Estado reconoce y acepta que los Funcionarios Públicos de todos los niveles del Estado están sujetos a las Leyes Contra la Corrupción y que deben conducir sus actividades de acuerdo con sus obligaciones bajo las Leyes Contra la Corrupción.

10.4.3 Otras Normas Aplicables

Las Partes reconocen y aceptan que esta Sección y todos los pagos efectuados por la Empresa, o por cualquiera de sus subcontratistas, ejecutivos o directores, a Agencias del Estado o a Funcionarios Públicos a cualquier nivel, deberán ser información pública y efectuarse de acuerdo con los criterios de la Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas.

10.4.4 Entendimiento de las Partes

(a) Las Partes a este Contrato entienden que:

(i) La oferta, solicitud o aceptación de una oferta, promesa o regalo de naturaleza pecuniaria u otra, incluyendo pagos de facilitación, sean en forma directa o por intermediarios, a cualquier privado o Funcionario Público, en orden a que la parte privada o una tercera parte actúe, o se abstenga de actuar, en relación al cumplimiento de obligaciones funcionarias para logra cualquier favor o de otra manera obtener una ventaja de negocios; y

(ii) Cualesquiera actos cómplices de otros actos descritos en esta Sección, incluyendo la incitación, ayuda, complicidad y conspiración para cometer o autorizar tales actos, son actos inconsistentes con la Ley Aplicable, las Leyes Contra la Corrupción y este Contrato, y son actos sujetos a acciones criminales, otras acciones de cumplimiento y sanciones.

(b) El Estado debe procesar dichas actividades de acuerdo con las Leyes Contra la Corrupción, debe iniciar, cuando corresponda, acciones para exigir el cumplimiento por parte del gobierno de cualquier Estado extranjero y debe cooperar totalmente con cualquiera de dichas acciones que hayan sido iniciadas por parte de un gobierno extranjero.

EJEMPLO 1

15.20. El Inversionista y sus Filiales están sujetos a las leyes contra el soborno/corrupción de las jurisdicciones en que el Inversionista o sus Filiales (según corresponda) estén organizadas, incluyendo el País Anfitrión, y el Inversionista y sus Filiales debe conducir sus actividades en el País Anfitrión de acuerdo con sus obligaciones bajo dichas leyes.

Revise las Limitaciones de Responsabilidad y
la Guía del Usuario del MMDA 1.0
en forma previa al uso de este documento.

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