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7.2 Impuesto a la Renta
This is my site Written by MMDA Admin on 29 mayo, 2013 – 4:05 pm

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(a) La Empresa debe pagar impuestos a las rentas corporativas de acuerdo a lo que la Ley Tributaria exija a las empresas con residencia en el Estado, en el entendido que:

(a) Las tasas de impuesto a la renta que se apliquen a la renta tributable de la Empresa será la tasa efectiva que se aplique en general a todas las empresas que realicen negocios en el Estado (incluyendo el efecto de cualesquiera rebaja de Impuestos o subsidios) o [x%], lo que sea menor;

(b) La tasa de impuesto a la renta de la Empresa sobre dividendos pagados por la Empresa a empresas no residentes será de [__x__];

(c) La tasa de impuesto a la renta sobre intereses pagados por la Empresa a empresas no residentes será de [x%], fuera de intereses pagados a agencias multilaterales de financiamiento del Proyecto que se encuentren exentos de acuerdo a la Ley Tributaria; y

(d) Las deducciones adicionales permitidas en este Contrato deben ser deducidas al calcular el ingreso tributable.

(b) El Estado confirma que:

(a) Todos los dividendos pagados por la Empresa a un accionista no residente no se considerarán como ingresos obtenidos dentro del Estado para dicho accionista;

(b) Todos los intereses pagados por la Empresa a un acreedor no residente no se considerarán como ingresos obtenidos dentro del Estado para dicho acreedor;

(c) Cualquier ingreso que la Empresa, el acreedor o el accionista obtenga en el Estado por el depósito de intereses o dividendos está sujeto a la Ley Tributaria;

(d) Las ganancias producto del cambio de divisas son ingreso y las pérdidas efectivas producto del cambio de divisas son deducibles al momento de calcular el ingreso tributable de la Empresa; y

(e) El ingreso derivado de dinero retenido fuera del Estado se considera ganancia de fuente Estatal. El impuesto que se pague sobre dicho ingreso en una jurisdicción extranjera puede ser acreditado al momento de calcular el ingreso tributable.

*Nota sobre ejemplos: Las disposiciones tributarias de muchos contractos existentes son largas y complejas, por lo que los ejemplos que se mencionan a continuación han sido editados para efectos de espacio.

EJEMPLO 1

(a) Obligaciones Tributarias de las Actividades del Proyecto

Las obligaciones tributarias de la Empresa son las que se establece en el [Código] vigente en la Fecha de Vigencia, sin considerar las modificaciones o cambios posteriores (fuera de aquéllos mencionados en esta Sección [X]) que se produzcan de acuerdo a las Leyes vigentes de tiempo en tiempo (el “Código”). Sin embargo, el Código vigente a la fecha de este Contrato se entenderá modificado en la forma que se establece en la Sección [X]. En lo que respecta a su responsabilidad por el impuesto a la renta de acuerdo al Código, en la forma aquí modificado, la Empresa deberá ser tratada como si fuera un establecimiento permanente del País que obtiene todo su ingreso de fuentes del País al llevar a cabo las Actividades del Proyecto. [. . . ]

[. . . ]

(c) Obligaciones de Impuesto a la Renta de la Empresa

Las obligaciones de la Empresa de pagar impuesto a la renta deben ser determinadas cada año de acuerdo al Código en la forma modificada por esta Sección [X]. Salvo que la Empresa decida válidamente otra cosa de acuerdo al Código, el año fiscal de la Empresa para propósitos de calcular sus obligaciones de impuesto a la renta de acuerdo a esta Sección [X] y sus obligaciones bajo la Sección [X], será el Año Calendario. Se aplicará la tasa de veinticinco por ciento (25%) sin importar los cambios a la Ley, pero se deberá tener en cuenta cualquier limitación a la tasa aplicable al ingreso generado en el País por un establecimiento permanente dispuesta por cualquier tratado sobre impuestos entre el País y el país de residencia de la Empresa. Fuera de las modificaciones dispuestas en la Sección [X], se aplicarán las siguientes modificaciones al Código para dichos propósitos:

[modificaciones]

EJEMPLO 2

(a) Mientras este Contrato se mantenga vigente, la Empresa deberá pagar al Gobierno un impuesto a la renta de acuerdo con las disposiciones de este Contrato y la Ley Aplicable; en el entendido, sin embargo, que ninguno de dichos impuestos deberá ser discriminatorio dentro de la industria de la gran minería del [País Anfitrión]. Todo impuesto a la renta debe pagarse en relación al ingreso que la Empresa obtenga de sus Actividades Mineras desarrolladas en el [País Anfitrión] de acuerdo a este Contrato.

(b) La tasa de impuesto a la renta a calcularse y pagarse respecto al ingreso obtenido por el Licenciado de las Actividades Mineras debe ser [X] por ciento (%) del ingreso tributable derivado de las mismas.

(c) La compensación que reciban los trabajadores expatriados de parte del Licenciado o sus Contratistas estará exenta del pago de impuesto a la renta de acuerdo a la Ley Aplicable.

EJEMPLO 3

El Impuesto a la Renta Corporativo respecto del ingreso recibido o devengado por la Empresa:

(i) la Empresa debe pagar Impuesto a la Renta sobre el ingreso, que es cualquier incremento en la capacidad económica recibida o devengada por la Empresa ya sea originada dentro o fuera del País, en cualquier nombre y forma, incluyendo pero no limitado a las ganancias brutas del negocio, dividendos, intereses y royalties, y las tasas de impuesto que se cargarán durante la vigencia de este Contrato serán las siguientes:

[(a), (b), (c) programa progresivo]

Si las categorías de ingreso son modificadas por el Gobierno, entonces las tasas de impuesto mencionadas en (a), (b), (c) se aplicará a las categorías modificadas.

(ii) En el cálculo del ingreso tributable se aplicarán las reglas para cálculo del Impuesto a la Renta establecidas en el Anexo [X] adjunto a, y que forma parte de, este Contrato. Salvo que se estipule de otra forma en este Contrato, se aplicarán las reglas de la Ley de Impuesto a la Renta, y sus reglamentos.

EJEMPLO 4

2.5 Al ingreso anual tributable de 0 – 3 mil millones [moneda] de la Empresa tributable de acuerdo a la Ley de Impuesto a la Renta Corporativa se le aplicará una tasa de 10% (diez por ciento). Si el ingreso anual tributable excede 3 mil millones [moneda] será 300 millones [moneda] más 25% (veinticinco por ciento) del ingreso tributable que exceda 3 mil millones [moneda].

2.6 El Impuesto especificado en la Cláusula [X] no deberá ser pagado por el inversionista desde el 1 de Enero de 2011.

2.7 El Impuesto se aplicará a los siguientes ingresos de Inversionista a las tasas que se señalan:

2.7.1. Los dividendos serán tributables a una tasa del 10% (diez por ciento);

2.7.2 Los ingresos por royalties serán tributables a una tasa del 10% (diez por ciento);

2.7.3 Los ingresos por la enajenación de una propiedad inmueble serán tributables a una tasa del 2% (dos por ciento);

2.7.4 Los ingresos por intereses serán tributables a una tasa del 10% (diez por ciento);

2.7.5 Los ingresos por ventas de derechos serán tributables a una tasa del 30% (treinta por ciento).

Revise las Limitaciones de Responsabilidad y
la Guía del Usuario del MMDA 1.0
en forma previa al uso de este documento.

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